Multas económicas para medios de
comunicación, cancelación de personerías jurídicas en caso de partidos
políticos y hasta penas de uno a tres años de cárcel son las sanciones
que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) contempla en el caso de la
elaboración y difusión de encuestas no verificadas, explicó la
presidenta de esa instancia, Wilma Velazco.
La autoridad detalló que según el calendario electoral el
registro de empresas o entidades abocadas a la realización de “encuestas
preelectorales, de boca de urna o conteos rápidos” deben registrarse
ante ese Órgano del Estado hasta el próximo 28 de mayo, para así poder
garantizar la legalidad de su labor.
“Si actuara una empresa sin registrarse, hay una tipificación de que se cometiera un delito o falta, según la Ley de Régimen Electoral (...) Nosotros tenemos que comunicarles a los medios las listas de quienes pueden hacer estos estudios. En el caso de los medios de comunicación las multas son económicas”, aseveró la autoridad en entrevista con ERBOL.
El mismo calendario electoral define que el domingo primero de junio se conocerá la lista de las empresas o entidades que pueden realizar estudios de opinión y entre el martes 25 de julio al domingo 5 de octubre, una semana antes de la votación, se podrá difundir cualquier tipo de encuesta sobre candidatos.
Añadió que los medios de comunicación que deseen realizar conteos rápidos el mismo día de la elección también tendrán que registrarse “para que el Tribunal Electoral pueda autorizarles a difundir a 20 horas del día de votación los resultados que obtengan”.
Lo que dice la Ley
La Ley de Régimen Electoral sanciona a medios, agrupaciones políticas y personas que elaboren y/o difundan estudios de opinión no validados por el TSE.
El parágrafo II del artículo 136 de la Ley de Régimen Electoral señala que: “Los medios de comunicación serán sancionados con la inhabilitación para difundir estudios de opinión en materia electoral en lo que reste del proceso en curso y el siguiente proceso electoral, referendo o revocatoria de mandato y con una multa equivalente al doble del monto resultante de la tarifa más alta inscrita por el medio de difusión en el Órgano Electoral Plurinacional por el tiempo o espacio dedicado a la difusión de estudios .
Prohíben campaña
electoral antes del 14 de julio
Velazco sostuvo que desde el lunes 14 de julio las agrupaciones políticas recién podrán iniciar con su propaganda electoral en actos públicos y desde el viernes 12 de septiembre se habilita la difusión de propaganda en medios de comunicación.
ERBOL
“Si actuara una empresa sin registrarse, hay una tipificación de que se cometiera un delito o falta, según la Ley de Régimen Electoral (...) Nosotros tenemos que comunicarles a los medios las listas de quienes pueden hacer estos estudios. En el caso de los medios de comunicación las multas son económicas”, aseveró la autoridad en entrevista con ERBOL.
El mismo calendario electoral define que el domingo primero de junio se conocerá la lista de las empresas o entidades que pueden realizar estudios de opinión y entre el martes 25 de julio al domingo 5 de octubre, una semana antes de la votación, se podrá difundir cualquier tipo de encuesta sobre candidatos.
Añadió que los medios de comunicación que deseen realizar conteos rápidos el mismo día de la elección también tendrán que registrarse “para que el Tribunal Electoral pueda autorizarles a difundir a 20 horas del día de votación los resultados que obtengan”.
Lo que dice la Ley
La Ley de Régimen Electoral sanciona a medios, agrupaciones políticas y personas que elaboren y/o difundan estudios de opinión no validados por el TSE.
El parágrafo II del artículo 136 de la Ley de Régimen Electoral señala que: “Los medios de comunicación serán sancionados con la inhabilitación para difundir estudios de opinión en materia electoral en lo que reste del proceso en curso y el siguiente proceso electoral, referendo o revocatoria de mandato y con una multa equivalente al doble del monto resultante de la tarifa más alta inscrita por el medio de difusión en el Órgano Electoral Plurinacional por el tiempo o espacio dedicado a la difusión de estudios .
Prohíben campaña
electoral antes del 14 de julio
Velazco sostuvo que desde el lunes 14 de julio las agrupaciones políticas recién podrán iniciar con su propaganda electoral en actos públicos y desde el viernes 12 de septiembre se habilita la difusión de propaganda en medios de comunicación.
ERBOL
Medios que difundan encuestas no verificadas serán sancionados
Reviewed by Cheiru News
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lunes, mayo 05, 2014
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